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Abierta una nueva convocatoria de subvenciones destinadas al comercio urbano

Abierta una nueva convocatoria

Abierta una nueva convocatoria. El Ayuntamiento de Castelldefels concede subvenciones destinadas al apoyo del comercio urbano. El plazo para solicitarlas está abierto desde el lunes 8 de agosto. Las ayudas se destinan a dos líneas diferentes: Fomento y dinamización comercial a través de animación y otras actividades destinadas a impulsar el consumo en el municipio (con un presupuesto total de 25.000€) y la Mejora y rentabilidad de los puntos de venta y adecuación de los establecimientos comerciales de Castelldefels para la mejora competitiva de su entorno de trabajo (con subvenciones de 1.500€ de dotación individual).

¿Quién puede solicitar las subvenciones?

Línea 1. Los beneficiarios de la línea 1 tendrán que ser o bien entidades sin ánimo de lucro, asociaciones o fundaciones locales o bien personas físicas o jurídicas; en todos los casos deberán tener actividad económica de alta en el término municipal de Castelldefels. También pueden ser beneficiarias las agrupaciones previstas en el art. 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general del subvenciones, que fomenten acciones que potencien el comercio local a nivel generalizado y no a nivel particular, realizando una actividad de las recogidas en el artículo 1, epígrafe 1.


Línea 2. En cuanto a la línea 2, podrán resultar beneficiario de las subvenciones las personas físicas y jurídicas, domiciliadas en Castelldefels titulares de pequeñas empresas comerciales detallistas con establecimiento comercial de venta a pie de calle, con superficie inferior a 400 m2, y personas físicas y jurídicas, del sector servicios con establecimiento comercial a pie de calle que lleven a cabo actuaciones subvencionables, de conformidad con el artículo 1, línea 2 de estas bases, salvo: oficinas bancarias, restaurantes en todas sus modalidades, bares, bares-restaurantes, hoteles, apartahoteles, pensiones, hostales, campings.

¿Cuándo se puede solicitar?

Línea 1: El plazo de presentación de las solicitudes es de 20 días hábiles desde el día siguiente de la publicación en el BOPB de esta convocatoria.

Línea 2: El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente de la publicación en el BOPB de esta convocatoria y permanecerá abierto hasta el 31 de octubre del 2022.

La tramitación se puede hacer de forma telemática, con certificado electrónico (enlace), pero también de forma presencial (en la Oficina de Atención Ciudadana, OAC)

Pueden encontrar más información sobre las bases de las subvenciones, convocatoria, los trámites y los documentos necesarios en el siguiente enlace

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